Además de las ocasiones antes
mencionadas de tiempo, lugar y casualidad para comparar o relacionar las
cosas, unas con respecto a las otras, existen, como ya he dicho, infinitas
otras, alguna de las cuales voy a mencionar.
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Segundo, otra ocasión de comparar
las. cosas, o de considerar una cosa de manera que esa relación incluya
alguna otra cosa, es la que ofrece la circunstancia de origen o inicio de
las cosas, el cual inicio, no habiéndose cambiado más tarde, hace que la
relación que de él depende sea tan duradera como el sujeto al que
pertenece. Por ejemplo, padre e hijo, hermanos, primos hermanos, etc.,
cuya relación se establece a partir de una unidad de sangre de la que
ellos son partícipes en distintos grados; también, compatriotas, es
decir, aquellos que nacieron en el mismo país o territorio reciben la
denominación de relaciones naturales; en este sentido, podemos observar
que la humanidad ha adaptado sus nociones y sus términos al uso de la
vida común, y no a la verdad y al alcance de las cosas. Porque es cierto
que, en realidad, la relación entre el que engendra y el que es
engendrado es la misma entre las distintas razas de los animales que entre
los hombres. Sin embargo, pocas veces se afirma que tal o cual toro es el
abuelo de éste o aquel novillo, o que dos palomos son primos hermanos. Y
es muy conveniente que tales relaciones se observen y se señalen con
nombres cuando hacen referencia a los humanos. |
En tercer lugar, algunas veces el
fundamento para considerar las cosas, refiriéndolas las unas a las otras,
es algún acto por el que alguien llega a algún derecho normal, a una
potestad o a una obligación. De esta manera, ocurre que un general es el
hombre que tiene el poder de mandar a un ejército; y que un ejército,
mandado por un general, es una reunión de hombres armados que están
obligados a obedecer a un solo hombre. Un ciudadano, o burgués, es aquel
que tiene el derecho de gozar de ciertos privilegios en este o en aquel
lugar. A esta clase de relaciones, que dependen del acuerdo de la sociedad
o de los deseos de los hombres, las llamo instituidas o voluntarias, y se
las puede distinguir de las relaciones naturales en que son, en su mayor
parte, si no en su totalidad, posibles de alterar de alguna manera,
inseparables de la persona a la que han pertenecido en algún momento.
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En cuarto lugar, existe otra clase
de relaciones que es la conformidad o disconformidad entre las acciones
voluntarias de los hombres y la norma respectiva, por las cuales ellos son
juzgados. Creo que esta relación puede denominarse relación moral, en
tanto en cuanto califica nuestros actos morales y pienso que debe ser
examinada con detenimiento..... Cuando las acciones humanas, con sus
diversos fines, objetos, maneras y circunstancias, quedan forjadas en
ideas distintas y complejas, son, según ya he demostrado, otros tantos
modos mixtos, la mayor parte de los cuales tienen nombres adosados a
ellos. De esta manera, suponiendo que la gratitud sea una disposición de
reconocer y de devolver rápidamente los favores y bienes recibidos, y que
la poligamia consista en tener más de una mujer al tiempo, cuando
forjamos estas nociones en nuestras mentes tenemos allí otras tantas
ideas determinadas de modos mixtos. Pero eso no es todo lo que concierne a
nuestras acciones: no es suficiente con tener ideas determinadas sobre
ellas, y saber qué nombres corresponden a tales o cuales combinaciones de
ideas. Tenemos un interés mayor y que alcanza más allá de esto, y que
consiste en saber si estas acciones son moralmente buenas o malas....El
bien y el mal moral, como ya hemos mostrado no son
sino el placer o el dolor, o aquello que nos procura el placer o el dolor.
El bien y el mal, morales, entonces, son solamente la conformidad o
disconformidad entre las acciones voluntarias y alguna ley, por las cuales
llegamos al bien o al mal a través de la voluntad y el poder de un
legislador, y ese bien y ese mal, es decir, el placer y el dolor que
acompaña al cumplimiento o a la violación de esa ley, es lo que
denominamos recompensa y castigo.....
Las leyes a las que los hombres generalmente hacen referir sus acciones,
para juzgar sobre su rectitud o torpeza, me parece que son estas tres: 1)
la ley divina; 2) la ley civil; 3) la ley de opinión o de reputación, si
se me permite denominarla así. Por la relación que guardan las acciones
con la primera, los hombres juzgan si son pecados o deberes; por la que
guardan con la segunda, si son criminales o inocentes; y por la que
mantienen con la tercera, si son virtudes o vicios.....Primero. Por la ley
divina entiendo la ley que Dios ha establecido para las acciones de los
hombres, sea ésta promulgada por la luz de la naturaleza o por la luz de
la revelación....Esta es la única piedra de toque de nuestra rectitud
moral. Y comparando sus acciones con esta ley divina es como los hombres
llegan a juzgar sobre el mayor bien moral o el mal moral.... En segundo
lugar, la ley civil, que es la norma establecida por la comunidad para las
acciones de los que pertenecen a ella, es otra regla por la que los
hombres juzgan sus acciones, estableciendo si son o no acciones
criminales.... En tercer lugar, la ley de la opinión o la reputación. La
virtud y el vicio se suponen que son nombres que significan acciones
buenas o malas por naturaleza, y en la medida en que así se apliquen
estos nombres coinciden con la ley divina, más arriba mencionada. Sin
embargo, sean cuales fueren las pretensiones que sobre esto haya, lo que
podemos observar es que estos nombres de virtud o de vicio, en los casos
concretos de su aplicación entre las diversas naciones y sociedades, de
los hombres de todo el mundo, se atribuye constantemente sólo a aquellas
acciones que, dependiendo de cada país o sociedad, tienen una reputación
o un descrédito. No debemos pensar que sea extraño que los hombres, en
todas partes, den el nombre de virtud a aquellas acciones que entre ellos
se estiman dignas de alabanza y que denominen vicio a otras que tienen por
censurables. |
Ahora bien, como esta regla no es
sino un conjunto de diversas ideas simples, la conformidad con ella no
es sino ordenar el acto de manera que las ideas simples que le
pertenecen correspondan a las que la ley requiere. De esta manera es
como vemos que los seres morales y las nociones de esta clase tienen su
base y su fin en aquellas ideas simples que hemos recibido a partir de
la sensación y de la reflexión. Por ejemplo, consideremos la idea
compleja significada por la palabra asesinato, cuando la hayamos
examinado en todos sus particulares, encontraremos que no es sino la unión
de un conjunto de ideas simples derivadas de la sensación o de la
reflexión, es decir: primero, de la reflexión sobre las operaciones
sobre nuestra propia mente tenemos las ideas de volición, de
consideración, de intento premeditado, de malicia o de desear que a
otro le ocurra un mal, también tenemos las ideas de vida, o de percepción
y automoción. Segundo, extraemos de la sensación un conjunto de
aquellas ideas simples y sensibles que se encuentran en un hombre, y de
algún acto por el que ponemos fin a la percepción y al movimiento de
un hombre; ideas todas que quedan comprendidas en la palabra asesinato.
Esta colección de ideas simples, según las encuentre conformes o no a
la estimación del país en que he sido criado, y de acuerdo con la
opinión laudatorio o crítica de la mayoría de los hombres que vivan
en él, harán que denomine ese acto virtuoso o vicioso. Pero si tengo
como regla de comparación la voluntad de un legislador supremo e
invisible, entonces, desde el momento en que he partido de que se
trataba de un acto ordenado o prohibido por Dios, lo denominaré bueno o
malo, pecado o realización de un deber, y si lo comparo con la ley
civil, es decir, con la regla impuesta por el legislador de un país, lo
denominaré legal o ilegal, crimen o no crimen. De manera que de donde
quiera que tenemos la regla de las acciones morales, o sean cuales
fueren los patrones que utilicemos para forjar en la mente las ideas de
las virtudes o de los vicios, éstas solamente consisten, y tan sólo
se componen, de un agregado de ideas simples, recibidas de la sensación
o de la reflexión, y su rectitud o descarrío depende de su acuerdo o
desacuerdo con esos patrones establecidos por alguna ley.
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