Resumen al Capítulo XIV del Segundo Tratado del Gobierno Civil
John Locke

CAPÍTULO XIV
DE LA PRERROGATIVA

Las ideas principales presentes en este capítulo son las siguientes:

  1. Locke comienza señalando que allí donde el poder legislativo y el ejecutivo están separados debería dejarse llevar las riendas de los asuntos públicos al poder ejecutivo. Y es que los legisladores no pueden reunirse continuamente ni tampoco pueden procurar leyes que prevean aquellos asuntos que podrían ser útiles a la comunidad. Por todo ello, lo lógico es que las leyes mismas cedan ante el poder ejecutivo con el objeto de que la comunidad esté más protegida. Y es que la casuística social es tan diversa que es muy posible que existan casos en dónde podría ser incluso nocivo que se aplicasen, sin más, las leyes. Por todo ello, sería necesario que exista un poder ejecutivo atento que sepa como APLICAR la ley en cada momento atendiendo al espíritu más que a la letra.

  2. Locke define el tipo de actuar, que no se acomoda necesariamente a lo prescrito ( letra ) por la ley, sino que atiende más bien a su espíritu, como PRERROGATIVA. Tal prerrogativa tendría, según Locke, su razón de ser en los ASPECTOS siguientes: A) El poder legislativo suele ser muy numeroso y lento a la hora de reunirse, por lo que es necesario que alguien tenga la prerrogativa de interpretar y aplicar la ley. B) Es imposible preveer y abarcar con leyes todos los posibles casos que puedan afectar al pueblo. C) Es muy dificil hacer leyes que no produzcan daño cuando son aplicadas con rigor inflexible y sin alguien que las interprete.

  3. El poder que representa la prerrogativa debe enfocarse siempre para procurar el BIEN DEL PUEBLO, y no su daño. Por todo ello, si quiere saberse si es correcta o no la aplicación de tal prerrogativa, lo mejor es preguntarse siempre si ha resultado beneficiosa o dañina para el pueblo.

  4. En la INFANCIA DE LOS GOBIERNOS, y dado que los gobernantes se identificaban con los padres, el modo de gobierno establecido era casi de prerrogativa. En aquellos tiempos existían unas pocas leyes y lo demás se dejaba a la discrección y al cuidado del que gobernaba ( Padre ). Lo que sucedió más adelante, sin embargo, es que muchos gobernantes comenzaron hacer un uso indebido de tal prerrogativa por lo que las gentes sintieron la necesidad de determinar con leyes expresas aquellos puntos en los que el sistema de prerrogativa había resultado dañino; y así el pueblo comenzó a señalar LÍMITES a tal prerrogativa.

  5. El que el pueblo estableciera límites, a la prerrogativa, no quiere decir que éste haya INTERFERIDO en el derecho de prerrogativa ya que el pueblo no quitó a los príncipes nada que les perteneciera por derecho, sino que se limitó a señalar que la prerrogativa no debía ir nunca dirigida en contra del bien de la comunidad. Y quien diga lo contrario, señala Locke, estaría afirmando que el príncipe podría ejercer como prerrogativa ciertos derechos distintos y separados de los que se refieren al bien de la comunidad. Locke señala, tambien, que la mayoría de los malentendidos que afectan a los gobiernos monárquicos tiene su raiz aquí: se piensa que poseen un poder absoluto y arbitrario que les podría permitir hacer cosas que podrían resultar dañinas para el bien común.

  6. Es evidente, señala Locke, que, cuando los hombres deciden entrar en sociedad y abandonar el estado de naturaleza, no transmitieron a sus gobernantes el derecho de hacer uso de un poder arbitrario de la prerrogativa. Y es que no puede suponerse que una CRIATURA RACIONAL, siendo libre, decidiera someterse de ese modo al poder arbitrario de otro. En este contexto, la prerrogativa, no es otra cosa que un permiso que el pueblo da a sus gobernantes para que tomen decisiones por sí mismos allí donde la ley no ha prescrito nada con claridad, pero siempre actuando para el bien público y con la aquiescencia del pueblo. Un príncipe que reclamase para sí el poder que sus predecesores ejercían, cuando la ley no les había marcado direcciones en su actuar, y lo tomase como un prerrogativa propia para actuar de modo arbitrario, daría clara ocasión para que el pueblo reclamase sus derechos y limitase tal tipo de prerrogativa.

  7. A continuación, Locke, hace referencia a la HISTORIA DE INGLATERRA para señalar que en este país el poder de prerrogativa fue siempre mayor, que en otros lugares, pues tuvo la suerte de encontrarse con príncipes que orientaron sus prerrogativas hacia la consecución del bien público. Esto hizo que el pueblo no pusiera casi nunca en tela de juicio el que actuasen al margen de la ley dejándoles aumentar sus prerrogativas tanto como quisiesen.  Todo ello explicaría el porque, por ejemplo, en en Inglaterra el poder de reunir al parlamento sea una prerrogativa del rey. El peligro reside, sin embargo, en que tales príncipes caigan en la tentación de considerar que su poder procede de Dios y piensen que ello les da la prerrogativa de poder gobernar de forma arbitraria y absoluta. Esta forma de actuar es la da lugar a continuas disputas y a enfrentamientos con el pueblo que intentara recuperar el derecho original que establece que ningún tipo de prerrogativa puede ir dirigida en contra del bien común y de los intereses del pueblo: la prerrogativa no es otra cosa, afirma Locke, que el poder de hacer un bien público, sin regla alguna.

  8. Por último, Locke, plantea la cuestión de quien podría JUZGAR si se hacer un uso correcto o incorrecto del poder de la prerrogativa. Es evidente, responde, que no podría haber ningún juez sobre la tierra que intentase juzgar en relación el el poder ejecutivo en activo y un poder legislativo supremo que depende del primero para ejercer sus funciones. Ningún juez terrenal estaría por encima de esos dos poderes. Tampoco podría ser el pueblo ya que, tal juicio, sería  una mera intención, que no serviría para nada, al estar el poder en otras manos. Nadie, en la tierra, puede, por tanto, asumir la función de juez en este asunto.  Ahora bien, aunque el pueblo no puede ser juez en el sentido de poseer constitucionalmente un poder superior, si tiene, en virtud de una ley que anterior a todas las leyes, el derecho de juzgar si hay o no causa justa para dirigir una APELACIÓN A LOS CIELOS. Y es que, señala Locke, la ley natural no permite que el hombre se abandone a sí mismo hasta el punto de no mirar por su propia conservación. Por todo ello, cuando el pueblo experimente un uso abusivo del poder de la prerrogativa, no le queda más remedio, afirma Locke, que apelar a los cielos e iniciar una rebelión en toda regla.

    Capítulo XIV
    Presentación