Resumen al Capítulo XVII del Segundo Tratado del Gobierno Civil
John Locke

CAPÍTULO XVII
DE LA USURPACIÓN

Las ideas principales presentes en este capítulo son las siguientes:

  1. Locke comienza estableciendo una diferencia entre USURPACIÓN y TIRANÍA. Tambien entre usurpación y CONQUISTA. Sobre la usurpación señala que, del mismo modo que la conquista podría ser llamada usurpación extranjera, a la usurpación se le podría denominar como conquista doméstica. Existe, sin embargo, una DIFERENCIA clara entre usurpación y conquista. La USURPACIÓN jamás puede tener el derecho de su parte ya que se supone que ha tomado posesión de algo a lo que otro tenía derecho. Por otra parte, cuando la usurpación implica unicamente un cambio de personas pero no afecta para nada a las formas y reglas del gobierno, estamos ante una estricta usurpación. Sin embargo cuando el usurpador va más allá y extiende su poder a cambiando las formas y reglas del estado usurpado, entonces estamos, no solo ante un usurpador, sino tambien ante un TIRANO.
  2. Según Locke, todos los Estados tienen, tanto las REGLAS  que le permiten elegir a sus representantes, como los METODOS a través de los cuales regulan sus derechos. Lo contrario significaría la existencia de la anarquía que no sería otra cosa que carecer de una forma concreta de gobierno.
  3. Todo el que llega a ejercer algún poder sirviéndose de medios que no corresponden a las leyes establecidas por la comunidad no tiene derecho a que se le obedezca ya que estamos ante una persona a la que el pueblo no ha dado su consentimiento. Un usurpador de este tipo no tendrá nunca la menor autoridad legal. Nótese que con estas afirmaciones, Locke, estaría cuestionando, de nuevo, a la monarquía absoluta ya que ésta es un regimen que, en ningún momento, contaría con el consentimiento explícito del pueblo. Ahora bien, si ello es cierto, entonces los monarcas absolutos serían unos usurpadores.

    Capítulo XVII
    Presentación