TEORÍA DE LA ILUMINACIÓN EN SAN AGUSTÍN

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TEORÍA DE LA ILUMINACIÓN EN SAN AGUSTÍN

  1. San Agustín pensaba que no podemos percibir la verdad inmutable de las cosas a menos que éstas estén iluminadas como por un sol. Esa luz divina, que ilumina la mente, procede de Dios, que es la "luz inteligible", en la cual, y por la cual, y a través de la cual, se hacen luminosas todas aquellas cosas que son luminosas para el intelecto.
  2. En un pasaje del De Trinitate, San Agustín afirma que la naturaleza de la mente es tal que cuando se dirige a las cosas inteligibles en el orden natural, según la disposición del Creador, las ve a una cierta luz incorpórea que es sui generis, de modo que el ojo corporal ve objetos presentes a la luz corpórea. Esas palabras parecen mostrar que la iluminación  en cuestión es una iluminación espiritual que realiza la misma función, respecto a los objetos de la mente, que la realizada por la luz del sol respecto a los corpóreos de la vista.(observar gráfico) En otras palabras, así como la luz del sol hace visible al ojo las cosas corpóreas, así la iluminación divina hace visibles a la mente las verdades eternas.
  3. Ahora bien, según San Agustín, no es la iluminación misma lo que ve la mente, ni tampoco el Sol Inteligible, o Dios.  La iluminación lo único que permite es que las características de eternidad y necesidad de determinadas verdades eternas y necesarias sea hechas visibles a la mente gracias a la intervención por la actividad de Dios.
  4. San Agustín, tampoco  entendía por luz el intelecto o la actividad de éste, (al modo aristotélico - tomista). La función de la iluminación divina es hacer visible a la mente el elemento de necesidad o de relación existente en las verdades.
  5. Todo lo dicho implica, evidentemente, que, según San Agustín, la mente NO contempla directamente la idea de belleza, por ejemplo, tal como está en Dios. Tampoco sería correcto afirmar que, según san Agustín, Dios infunde actualmente la idea de belleza, o cualquier otra idea normativa que nos permita hacer juicios comparativos de grado, tales como que ese objeto es más bello que aquél o esta acción más justa que aquélla. Ese modo de ver las cosas convertiría la función de la iluminación divina en una especie de entendimiento agente separado, algo no defendido por el obispo de Hipona.
  6. Según san Agustín, la actividad de la iluminación divina respecto de la mente es análoga a la función de la luz del sol respecto de la visión, y aunque la luz del sol hace visibles los objetos corpóreos, es indudable que Agustín no pensaba que crease imágenes de los objetos en el sujeto humano. Del mismo modo, (aun cuando Agustín no indica claramente como, por ejemplo, obtenemos las nociones de siete, y tres, y diez o de a > b), la función de la iluminación no es infundir la nociones de esos números, sino iluminar el juicio de que siete y tres suman diez, o de la relación existente entre a y b, de modo que podamos discernir la necesidad y eternidad de esos juicios.
  7. Por ejemplo si llegamos a percibir la necesidad del juicio a > b ello se debe a que la iluminación divina nos permitiría saber sobre la RELACIÓN existente en a y b. Ahora bien,  tal iluminación no implica que lleguemos a contemplar directamente tal relación o que llevemos impreso tal saber dentro de nosotros. La iluminación no afecta al contenido del concepto, como si la iluminación infundiese dicho contenido, sino a la calidad de nuestro juicio a propósito de ese concepto.
  8. En resumen, san Agustín se hace esta pregunta: ¿cómo alcanzamos un conocimiento de verdades que son necesarias, inmutables y eternas? RESPUESTA: A) No podemos obtener un conocimiento así simplemente a partir de la experiencia sensible, puesto que los objetos corpóreos son contingentes, cambiantes y temporales. B) Tampoco podemos producir aquellas verdades como una proyección de nuestras mentes, puesto que éstas son también contingentes y mutables. C) Se sigue, pues, que lo que nos permite percibir tales verdades es la acción del único ser que es necesario, inmutable y eterno, Dios. D) Dios es como un sol que ilumina nuestras mentes, o como un maestro que nos enseña. La influencia reguladora de las ideas divinas (ILUMINACIÓN DIVINA) capacita al hombre, por ejemplo, para que vea la relación existente entre realidades universales y necesarias, de las cuales no hay visión directa en esta vida. La luz de Dios capacita la mente a discernir los elementos de necesidad, inmutabilidad y eternidad en la relación entre conceptos expresada en el juicio necesario.

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