NUEVA FORMULACIÓN DEL IMPERATIVO CATEGÓRICO

Ahora bien, de aquí se sigue sin discusión que todo ser racional como fin en sí mismo debe poderse considerar, con respecto a todas las leyes a que pudiera estar sometido, legislador universal, porque justamente esa aptitud de sus máximas para la legislación universal lo distingue como fin en sí mismo, al igual que su dignidad (prerrogativa) sobre todos los simples seres naturales lleva consigo el tomar siempre sus máximas desde su propio punto de vista, y, al mismo tiempo desde el de los demás seres racionales como legisladores (que por eso se llaman personas) Y de esta manera es posible un mundo de seres racionales ( mundus intelligibilis ) como reino de los fines por la propia legislación de todas las personas que son miembros de él. Por consiguiente, todo ser racional debe obrar como si fuera por sus máximas un miembro legislador en el reino universal de los fines. El principio formal de tales máximas es: obra como si tu máxima debiera servir al mismo tiempo de ley universal para todos los seres racionales. Un reino de los fines sólo es posible, pues, por analogía con un reino de la naturaleza: aquél, según máximas, es decir, reglas que se pone a sí mismo;...por ello, la ley que dicta obra siguiendo las máximas de un miembro legislador universal en un posible reino de fines conserva toda su fuerza porque manda categóricamente. (Kant. Fundamentación de la metafísica de las costumbres)

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