Prescindo aquí de todas aquellas acciones ya conocidas como
contrarias al deber, aunque en este o aquel sentido puedan ser útiles, pues en
ellas ni siquiera se plantea la cuestión de si pueden suceder por deber, ya que
ocurren en contra de éste. También dejaré a un lado las acciones que, siendo
realmente conformes al deber, no son aquellas acciones por las cuales siente el
hombre una inclinación inmediata, sino que las lleva a cabo porque otra
inclinación le empuja a ello. En efecto, en estos casos puede distinguirse muy
fácilmente si la acción conforme al deber ha sucedido por deber o por una
intención egoísta. Mucho más difícil de notar es esa diferencia cuando la
acción es conforme al deber y el sujeto tiene, además, una inclinación
inmediata por ella. Por ejemplo, es conforme al deber, desde luego, que el
comerciante no cobre más caro a un comprador inexperto, y en los sitios donde
hay mucho comercio el comerciante avispado no lo hace, en efecto, sino que
mantiene un precio fijo para todos en general, de forma que un niño puede
comprar en su tienda tan bien como otro cualquiera. Así pues, uno es servido
honradamente, pero esto no es ni mucho menos suficiente para creer que el
comerciante haya obrado así por deber o por principios de honradez: lo exigía
su provecho. Tampoco es posible admitir además que el comerciante tenga una
inclinación inmediata hacia los compradores, de manera que por amor a ellos,
por decirlo así, no haga diferencias a ninguno en el precio. Por consiguiente,
la acción no ha sucedido ni por deber ni por inclinación inmediata, sino
simplemente con una intención egoísta.
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