ENSAYO SOBRE EL GOBIERNO CIVIL

JOHN LOCKE

CAPÍTULO V. DE LA PROPIEDAD

24. Ora consultemos la razón natural, que nos dice que los hombres, una vez nacidos, tienen derecho a su preservación, y por tanto a manjares y bebidas y otras cosas que la naturaleza ofrece para su mantenimiento, ora consultemos la "revelación", que nos refiere el don que hiciera Dios de este mundo a Adán, y a Noé y a sus hijos, clarísimamente aparece que Dios, como dice el rey David, "dio la tierra a los hijos de los hombres"; la dio, esto es, a la humanidad en común. Pero, este supuesto, parece a algunos subidísima dificultad que alguien pueda llegar a tener propiedad de algo. No me contentaré con responder a ello que si hubiere de resultar difícil deducir la "propiedad" de la suposición que Dios diera la tierra a Adán y su posteridad en común, sería imposible que hombre alguno, salvo un monarca universal, pudiese tener "propiedad" alguna dada la otra hipótesis, esto es, que Dios hubiese dado el mundo a Adán y a sus herederos por sucesión, exclusivamente de todo el resto de su posteridad. Intentaré también demostrar cómo los hombres pueden llegar a tener propiedad, en distintas partes, de lo que Dios otorgó a la humanidad en común, y ello sin ninguna avenencia expresa de todos los comuneros.

25. Dios, que diera el mundo a los hombres en común, les dio también la razón para que de él hicieran uso según la mayor ventaja de su vida y conveniencia. La tierra y cuanto en ella se encuentra dado file a los hombres para el sustento y satisfacción de su ser. Y aunque todos los frutos que naturalmente rinde y animales que nutre pertenecen a la humanidad en común, por cuanto los produce la espontánea mano de la naturaleza, y nadie goza inicialmente en ninguno de ellos de dominio privado exclusivo del resto de la humanidad mientras siguieren los vivientes en su natural estado, con todo, siendo aquéllos conferidos para el uso de los hombres, necesariamente debe existir medio para que según uno u otro estilo se consiga su apropiación para que sean de algún uso, o de cualquier modo proficuos, a cualesquiera hombres particulares. El fruto o el venado que alimenta al indio salvaje, que ignora los cercados y es todavía posesor en común, suyo ha de ser, y tan suyo, esto es, parte de él, que nadie podrá tener derecho a ello en la inminencia de que le sea de alguna utilidad para el sustento de su vida.

26. Aunque la tierra y todas las criaturas inferiores sean a todos los hombres comunes, cada hombre, empero, tiene una "propiedad" en su misma "persona". A ella nadie tiene derecho alguno, salvo él mismo. El "trabajo" de su cuerpo y la "obra" de sus manos podemos decir que son propiamente suyos. Cualquier cosa, pues, que él remueva del estado en que la naturaleza le pusiera y dejara, con su trabajo se combina y, por tanto, queda unida a algo que de él es, y así se constituye en su propiedad. Aquélla, apartada del estado común en que se hallaba por naturaleza, obtiene por dicho trabajo algo anejo que excluye el derecho común de los demás hombres. Porque siendo el referido "trabajo" propiedad indiscutible de tal trabajador, no hay más hombre que él con derecho a lo ya incorporado, al menos donde hubiere de ello abundamiento, y común suficiencia para los demás.

27. El que se alimenta de bellotas que bajo una encina recogiera, o manzanas acopiadas de los árboles del bosque, ciertamente se las apropió. Nadie puede negar que el alimento es suyo. Pregunto, pues, ¿cuándo empezó a ser suyo?, ¿cuándo lo dirigió, o cuando lo comió, o cuando lo hizo hervir, o cuando lo llevó a casa, o cuando lo arrancó? Mas es cosa llana que si la recolección primera no lo convirtió en suyo, ningún otro lance lo alcanzara. Aquel trabajo pone una demarcación entre esos frutos y las cosas comunes. El les añade algo, sobre lo que obrara la naturaleza, madre común de todos; y así se convierten en derecho particular del recolector. ¿Y dirá alguno que no tenía éste derecho a que tales bellotas o manzanas fuesen así apropiadas, por faltar el asentimiento de toda la humanidad a su dominio? ¿Fue latrocinio tomar él por sí lo que a todos y en común pertenecía? Si tal consentimiento fuese necesario ya habría perecido el hombre de inanición, a pesar de la abundancia que Dios le diera. Vemos en los comunes, que siguen por convenio en tal estado, que es tomando una parte cualquiera de lo común y removiéndolo del estado en que lo dejara la naturaleza como empieza la propiedad, sin la cual lo común no fuera utilizable. Y el apoderamiento de esta o aquella parte no depende del consentimiento expreso de todos los comuneros. Así la hierba que mi caballo arrancó, los tepes que cortó mi sirviente y la mena que excavé en cualquier lugar en que a ellos tuviere derecho en común con otros, se convierte en mi propiedad sin asignación o consentimiento de nadie. El trabajo, que fue mío, al removerlos del estado común en que se hallaban, hincó en ellos mi propiedad.

28. Si obligado fuese el consentimiento de todo comunero a la apropiación por cada quien de cualquier parte de lo dado en común, los hijos o criados no podrían cortar las carnes que su padre o dueño les hubiere procurado en junto, sin asignar a cada uno su porción peculiar. Aunque el agua que en la fuente mana pueda ser de todos, ¿quién duda que el jarro es sólo del que la fue a sacar? Tomóla su trabajo de las manos de la naturaleza, donde era común y por igual pertenecía a todos los hijos de ella, y por tanto se apropió para sí.

29. Así esta ley de razón entrega al indio el venado que mató; permitido le está el goce de lo que le alcanzó su trabajo, aunque antes hubiere sido del derecho común de todos. Y entre aquellos que tenidos son por parte civilizada de la humanidad, y han hecho y multiplicado leyes positivas para determinar las propiedades, la dicha ley inicial de la naturaleza para el principio de la propiedad en lo que antes era común; todavía tiene lugar: y por virtud de ella cualquier pez que uno consiga en el océano, ese vasto y superviviente común de la humanidad, o el ámbar gris que cualquiera recoja allí mediante el trabajo que lo remueve del común estado en que la naturaleza lo dejara, se convierte en propiedad de quien en ello rindiera tal esfuerzo. Y, aun entre nosotros, la liebre que cazan todos será estimada por de aquél que durante la caza la persigue. Porque siendo animal todavía considerado común, y no posesión particular de ninguno, cualquiera que hubiere empleado en criatura de esa especie el trabajo de buscarla y perseguiría, removióla del estado de naturaleza en que fue común, y en propiedad la convirtió.

30. Tal vez se objete a esto que si recoger bellotas u otros frutos de la tierra, etc., determina un derecho sobre los tales, podrá cualquiera acapararlos cuanto gustare. A lo que respondo no ser esto cierto. La misma ley de naturaleza que por tales medios nos otorga propiedad, esta misma propiedad limita. "Dios nos dio todas las cosas pingüemente". ¿No es esta la voz de la razón, que la inspiración confirma? ¿Pero cuánto, nos ha dado "para nuestro goce"? Tanto como cada quien pueda utilizar para cualquier ventaja vital antes de su malogro, tanto como pueda por su trabajo convertir en propiedad. Cuanto a esto exceda, sobrepuja su parte y pertenece a otros. Nada destinó Dios de cuanto creara a deterioro o destrucción por el hombre. Y de esta suerte, considerando el abundamiento de provisiones naturales que hubo por largo espacio en el mundo, y los menguados consumidores, y lo breve de la parte de tal provisión que la industria de un hombre podía abarcar y acaparar en perjuicio de otros, especialmente si se mantenía dentro de límites de razón sobre lo que sirviera a su uso, bien poco trecho había para contiendas o disputas sobre la propiedad de dicho modo establecida.

31. Pero admitiendo ya como principal materia de propiedad no los frutos de la tierra y animales que en ella subsisten, sino la tierra misma, como sustentadora y acarreadora de todo lo demás, doy por evidente que también esta propiedad se adquiere como la anterior. Toda la tierra que un hombre labre, plante, mejore, cultive y cuyos productos pueda él usar, será en tal medida su propiedad. El, por su trabajo, la cerca, como si dijéramos, fuera del común. Ni ha de invalidar su derecho el que se diga que cualquier otro tiene igual título a ella, y que por tanto quien trabajó no puede apropiarse tierra ni cercaría sin el consentimiento de la fraternidad comunera, esto es, la humanidad. Dios, al dar el mundo en común a todos los hombres, mandó también al hombre que trabajara; y la penuria de su condición tal actividad requería. Dios y su razón le mandaron sojuzgar la tierra, esto es, mejorarla para el bien de la vida, y así él invirtió en ella algo que le pertenecía, su trabajo. Quien, en obediencia a ese mandato de Dios, sometió, labró y sembró cualquier parte de ella, a ella unió algo que era propiedad suya, a que no tenía derecho ningún otro, ni podía arrebatársele sin daño.

32. Tampoco esa apropiación de cualquier parcela de tierra, mediante su mejora, constituía un perjuicio para cualquier otro hombre, ya que quedaba bastante de ella y de la de igual bondad, en más copia de lo que pudieren usar los no provistos. Así, pues, en realidad, nunca disminuyó lo dejado para los otros esa cerca para lo suyo propio. Porque el que deje cuanto pudieren utilizar los demás, es como si nada tomare. Nadie podría creerse perjudicado por la bebida de otro hombre, aunque éste se regalara con un buen trago, si quedara un río entero de la misma agua para que también él apagara su sed. Y el caso de tierra y agua, cuando de entrambas queda lo bastante, es exactamente el mismo.

33. Dios a los hombres en común dio el mundo, pero supuesto que se lo dio para su beneficio y las mayores conveniencias vitales de él cobraderas, nadie podrá argüir que entendiera que había de permanecer siempre común e incultivado. Concediólo al uso de industriosos y racionales, y el trabajo había de ser título de su derecho, y no el antojo o codicia de los pendencieros y contenciosos. Aquel a quien quedaba lo equivalente para su mejora, no había de quejarse, ni intervenir en lo ya mejorado por la labor ajena; si tal hacía, obvio es que deseaba el beneficio de los esfuerzos de otro, a que no tenía derecho, y no la tierra que Dios le diera en común con los demás para trabajar en ella, y donde quedaban trechos tan buenos como lo ya poseído, y más de lo que él supiere emplear, o a que su trabajo pudiere atender.

34. Cierto es que en las tierras poseídas en común en Inglaterra o en cualquier otro país donde haya muchedumbre de gentes bajo gobierno que posean dineros y comercios, nadie puede cercar o enseñorearse de parte de aquél sin el consentimiento de toda la compañía comunera; y es porque dicho común es mantenido por convenio, esto es, por la ley del país, que no debe ser violada. Y aunque sea común con respecto a algunos hombres, no lo es para toda la humanidad, sino que es propiedad conjunta de tal comarca o de tal parroquia. Además, el resto, después de dicho cercado, no sería tan bueno para los demás comuneros como la totalidad, en cuanto todos empezaran de tal conjunto a hacer uso; mientras que en el comienzo y población primera del gran común del mundo, acaecía enteramente lo contrario. La ley que regía al hombre inducíale más bien a la apropiación. Dios le mandaba trabajar, y a ello le obligaban sus necesidades. Aquella era su propiedad, que no había de serle arrebatada luego de puestos los hitos. Y por tanto someter o cultivar la tierra y alcanzar dominio sobre ella, como vemos, son conjunta cosa. Lo uno daba el título para lo otro. Así que Dios, al mandar sojuzgar la tierra, autorizaba hasta tal punto la apropiación. Y la condición de la vida humana, que requiere trabajo y materiales para las obras, instauró necesariamente las posesiones privadas.

35. Estableció adecuadamente la naturaleza la medida de la propiedad, por la extensión del trabajo del hombre y la conveniencia de su vida. Ningún hombre podía con su trabajo sojuzgarlo o apropiárselo todo, ni podía su goce consumir más que una partecilla; de suerte que era imposible para cualquier hombre, por dicha senda, invadir, el derecho ajeno o adquirir para sí una propiedad en perjuicio de su vecino, a quien aún quedaría tan buen trecho y posesión tan vasta, después que el otro le hubiere quitado lo particularmente suyo, como antes de la apropiación. Dicha medida confinó la posesión de cada uno a proporción muy moderada, y tal como para sí pudiera apropiarse, sin daño para nadie en las edades primeras del mundo, cuando más en peligro estaban los hombres de perderse, alejándose de su linaje establecido, en los vastos desiertos de la tierra, que de hallarse apretados por falta de terrazgos en que plantar.

36. La misma medida puede ser todavía otorgada, sin perjuicio para nadie, por lleno que el mundo parezca. Para mostrarlo, supongamos a un hombre o familia, en el mismo estado de los comienzos, cuando poblaban el mundo los hijos de Adán o de Noé, plantando en algunos sitios vacantes del interior de América. Veremos que las posesiones que pueda conseguir, según las medidas que dimos, no serán muy holgadas ni, aun en este día, perjudicarán al resto de la humanidad o le darán motivo de queja o de tener por agravio la intrusión de dicho hombre, a pesar de que la raza humana se haya extendido a todos los rincones del mundo e infinitamente exceda el breve número de los comienzos. Ahora bien, la extensión de tierras es de tan escaso valor, si faltare el trabajo, que he oído que en la misma España puede uno arar, sembrar y cosechar sin que nadie se lo estorbe, en tierra a la que no tiene derecho alguno, pero sólo por el hecho de usarla. Es más, los habitantes estiman merecedor de consideración a quien por su trabajo en tierra inculta, y por lo tanto yerma, aumentare las existencias del trigo que necesitan. Pero sea de esto lo que fuere, pues en lo dicho no he de hacer hincapié, sostengo resueltamente que la misma regla de propiedad, esto es que cada hombre consiga tenerla en la cantidad por él utilizable, puede todavía mantenerse en el mundo, sin apretura para nadie, puesto que en el mundo hay tierra bastante para acomodo del doble de sus habitantes; pero la invención del dinero, y el acuerdo tácito de los hombres de reconocerle un valor, introdujo (por consentimiento) posesiones mayores y el derecho a ellas; proceso que en breve mostraré con más detenimiento.

37. Cierto es que en los comienzos, antes de que el deseo de tener más de lo necesario hubiera alterado el valor intrínseco de las cosas, que sólo depende de su utilidad en la vida del hombre, o hubiera concertado que una monedita de oro, que cabía conservar sin mengua o descaecimiento, valiera un gran pedazo de carne o una entera cosecha de trigo (aunque tuvieran los hombres el derecho de apropiarse mediante su trabajo, cada uno para sí, de cuantas cosas de la naturaleza pudiera usar), todo ello no había de ser mucho, ni en perjuicio de otros, pues quedaba igual abundancia a los que quisieran emplear igual industria.

Antes de la apropiación de tierras, quien recogiera tanta fruta silvestre, o matara, cogiera o amansara tantos animales como pudiera; quien así empleara su esfuerzo para sacar alguno de los productos espontáneos de la naturaleza del estado en que ella los pusiera, intercalando en ello su trabajo, adquiriría por tal motivo la propiedad de ellos; pero si los tales perecían en su poder por falta del debido uso, silos frutos se pudrían o se descomponía el venado antes de que pudiera gozar de él, resultaba ofensor de la común ley de naturaleza, y podía ser castigado: habría, en efecto, invadido la parte de su vecino, pues no tenía derecho a ninguno de esos productos más que en la medida de su uso y para el logro de las posibles conveniencias de su vida.

38. Iguales normas gobernaban, también, la posesión de la tierra. Podría cualquier terrazgo ser labrado y segado podían ser almacenados sus productos y usarse éstos antes de que sufrieran menoscabo; este era peculiar derecho del hombre, dondequiera, que cercara; y cuanto pudiese nutrir y utilizar, ganados y productos de ellos, suyos eran. Pero si las hierbas de su cercado se pudrían en el suelo o perecía el fruto de lo por él plantado, sin recolección y almacenamiento, aquella parte de la tierra, aun cercada, seguía siendo tenida por yerma y podía ser posesión de otro. Así, en los comienzos, Caín pudo tomar toda la tierra que le era posible labrar, y hacer suya, y con todo dejar abundancia de ella para sustento de las ovejas de Abel: unos, pocos estadales hubieran bastado a ambas posesiones. Con el recrecimiento de las familias y el aumento, por el trabajo, de sus depósitos, crecieron sus posesiones al compás de las necesidades; pero todavía comúnmente, sin propiedad fija en el suelo, se servían de éste, hasta que se constituyeron en corporación, se establecieron juntos y erigieron ciudades, y entonces, por consentimiento, llegaron, en el curso de las edades, a fijar, los términos de sus distintos territorios y convenir los límites entre ellos y sus vecinos, y mediante leyes determinar entre sí las propiedades de los miembros de la misma sociedad. Vemos, en efecto, en la primera parte de mundo habitada, y que por tanto sería probablemente la de mayor abundancia de gentes, que hasta los mismos tiempos de Abraham, iban los hombres errantes con sus ganados y rebaños, que eran sus bienes, libremente de uno a otro lado, y esto mismo hizo Abraham en país en que era extranjero; de donde claramente se arguye que al menos gran parte de la tierra era tenida en común, que no la valoraban los habitantes ni reclamaban en ella más propiedad que la adecuada para el uso. Mas cuando no había en un lugar bastante trecho para que sus rebaños fuesen juntamente apacentados, entonces, por consentimiento, como lo hicieron Abraham y Lot separaban y esparcían sus pastos a su albedrío. Y por la misma razón, dejó Esaú a su padre y hermano y plantó en el monte de Seir.

39. Y así, sin suponer en Adán ningún dominio y propiedad particular de todo el mundo, exclusivo de todos los demás hombres, que no puede en modo alguno ser probado, ni en todo caso deducirse de él propiedad alguna, sino teniendo al mundo por dado, como lo fue, a todos los hijos de los hombres en común, vemos de qué suerte el trabajo pudo determinar para los hombres títulos distintivos a diversas parcelas de aquél para los usos particulares, en lo que no podía haber duda de derecho, ni campo para la contienda.

40. Y no es tan extraño como, tal vez, antes de su consideración lo parezca, que la propiedad del trabajo consiguiera llevar ventaja a la comunidad de tierras, pues ciertamente es el trabajo quien pone en todo diferencia de valor; cada cual puede ver la diferencia que existe entre un estadal plantado de tabaco o azúcar, sembrado de trigo o cebada, y un estadal de la misma tierra dejado en común sin cultivo alguno, y darse cuenta de que la mejora del trabajo constituye la mayorísima parte del valor. Creo que no será sino modestísima computación la que declare que de los productos de la tierra útiles a la vida del hombre, los nueve décimos son efecto del trabajo. Pero es más, si estimamos correctamente las cosas según llegan a nuestro uso, y calculamos sus diferentes costes -lo que en ellos es puramente debido a la naturaleza y lo debido al trabajo- veremos que en su mayor parte el noventa y nueve por ciento deberá ser totalmente al trabajo asignado.

41. No puede haber demostración más patente de esto que la constituida por diversas naciones de los americanos, las cuales ricas son en tierra y pobres en todas las comodidades de la vida; proveyólas la naturaleza tan liberalmente como a otro cualquier pueblo con los materiales de la abundancia, esto es con suelo fructífero, apto para producir copiosamente cuanto pueda servir para la alimentación, el vestido y todo goce; y a pesar de ello, por falta de su mejoramiento por el trabajo no disponen aquellas naciones de la centésima parte de las comodidades de que disfrutamos, y un rey allí de vasto y fructífero territorio, se alberga y viste peor que cualquier jornalero de campo en Inglaterra.

42. Para que esto parezca un tanto más claro, sigamos algunas de las provisiones ordinarias de la vida, a través de su diverso progreso, hasta que llegan a nuestro uso, y veremos cuan gran parte de su valor deben a la industria humana. El pan, vino y telas son cosas de uso diario y de suma abundancia; empero las bellotas, el agua y las hojas o pieles deberían ser nuestro pan, bebida y vestido si no nos proporciona el trabajo aquellas más útiles mercancías. Toda la ventaja del pan sobre las bellotas, del vino sobre el agua y de telas o sedas sobre hojas, pieles o musgo, debido es por entero al trabajo y la industria. Sumo es el contraste entre los alimentos y vestidos que nos proporciona la no ayudada naturaleza, y las demás provisiones que nuestra industria y esfuerzo nos prepara y que tanto exceden a las primeras en valor, que cuando cualquiera lo haya computado, verá de qué suerte considerable crea el trabajo la mayorísima parte del valor de las cosas de que en este mundo disfrutamos; y el suelo que tales materias produce será estimado como de ninguno, o a lo más de muy escasa partecilla de él: tan pequeña que, aun entre nosotros, la tierra, librada totalmente a la naturaleza, sin mejoría de pastos, labranza o plantío, se llama, lo que en efecto es, erial; y veremos que el beneficio asciende a poco más que nada.
Ello muestra cuan preferible es tener muchos hombres a tener vastos dominios; y que el aumento de tierras y el derecho de emplearlas es el gran arte del gobierno; y que un príncipe que sea prudente y que, mediante leyes que garanticen la libertad. proteja el trabajo honesto de la humanidad y dé a los súbditos incentivo para ello, oponiéndose al poder opresivo y a las limitaciones de partido, pronto se convertirá en alguien demasiado fuerte como para que sus vecinos puedan competir con él. Pero esto lo digo a modo de disgresión. Volvamos a la cuestión que veníamos tratando.

43. Un estadal de tierra que produce aquí veinte celemines de trigo, y otro en América que, con la misma labor, rendiría lo mismo, son sin duda de igual valor intrínseco natural. Mas sin embargo el beneficio que la humanidad recibe del primero en un año es de cinco libras, y el del otro acaso no valga un penique; y si todo el provecho que un indio recibe de él hubiera de ser valuado y vendido entre nosotros, puedo decir con seguridad que ni un milésimo de aquél. El trabajo es, pues, quien confiere la mayor parte de valor a la tierra, que sin él apenas valiera nada; a él debemos cuantos productos útiles de ella sacamos; porque todo el monto en que la paja, salvado y pan de un estadal de trigo vale más que el producto de un estadal de tierra igualmente buena pero inculta, efecto es del trabajo. Y no solo hay que contar las penas del labrador, las faenas de segadores y trilladores y el ahínco del panadero en el pan que comemos; porque los afanes de los que domaron los bueyes, los que excavaron y trabajaron el hierro y las piedras, los que derribaron y dispusieron la madera empleada para el arado, el molino, y el horno o cualquier otro utensilio de los que, en tan vasta copia, exige el trigo, desde la sembradura hasta la postre del panadeo, deben inscribirse en la cuenta del trabajo y ser tenidos por efectos de éste; la naturaleza y la tierra proporcionan tan sólo unas materias casi despreciables en sí mismas. Notable catálogo de cosas, si pudiésemos proceder a formarlo, seria el de las procuradas y utilizadas por la industria para cada hogaza de pan, antes de que llegue a nuestro uso: hierro, madera, cuero, cortezas, leña, piedra, ladrillos, carbones, cal, telas, drogas, tintóreas, pez, alquitrán, mástiles, cuerdas y todos los materiales empleados en la nave que trajo cualquiera de las mercancías empleadas por cualquiera de los obreros, a cualquier parte del mundo, todo lo cual sería casi imposible, o por lo menos demasiado largo, para su cálculo.

44. Por todo lo cual es evidente, que aunque las cosas de la naturaleza hayan sido dadas en común, el hombre (como dueño de sí mismo, y propietario de su persona y de las acciones o trabajo de ella) tenía con todo en sí mismo el gran fundamento de la propiedad; y que lo que constituyera la suma parte de lo aplicado al mantenimiento o comodidad de su ser, cuando la invención y las artes hubieron mejorado las conveniencias de la vida, a él pertenecía y no, en común, a los demás.

45. Así el trabajo, en los comienzos, confirió un derecho de propiedad a quienquiera que gustara de valerse de él sobre el bien común; y éste siguió siendo por largo tiempo la parte muchísimo mayor, y es todavía más vasta que aquella de que se sirve la humanidad. Los hombres, al principio, en su mayor copia, contentábanse con aquello que la no ayudada naturaleza ofrecía a sus necesidades; pero después, en algunos parajes del mundo, donde el aumento de gentes y existencias, con el uso del dinero, había hecho que la tierra escaseara y consiguiera por ello algún valor, las diversas comunidades establecieron los límites de sus distintos territorios, y mediante leyes regularon entre ellas las propiedades de los miembros particulares de su sociedad, y así, por convenio y acuerdo, establecieron la propiedad que el trabajo y la industria empezaron. Y las ligas hechas entre diversos Estados y Reinos, expresa o tácitamente, renunciando a toda reclamación y derecho sobre la tierra poseída por la otra parte, abandonaron, por común consentimiento, sus pretensiones al derecho natural común que inicialmente tuvieron sobre dichos países; y de esta suerte, por positivo acuerdo, entre sí establecieron la propiedad en distintas partes del mundo; mas con todo existen todavía grandes extensiones de tierras no descubiertas, cuyos habitantes, por no haberse unido al resto de la humanidad en el consentimiento del uso de su moneda común, dejaron sin cultivar, y en mayor abundancia que las gentes que en ella moran o utilizarlas puedan, y así siguen tenidas en común, cosa que rara vez se produce entre la parte de humanidad que asintió al uso del dinero.

46. El mayor número de las cosas realmente útiles a la vida del hombre y que la necesidad de subsistir hizo a los primeros comuneros del mundo andar buscando -como a los americanos hoy-, son generalmente de breve duración, de las que, no consumidas por el uso, será menester que se deterioren y perezcan. El oro, plata y diamantes, cosas son valoradas por el capricho o un entendimiento de las gentes, más que por el verdadero uso y necesario mantenimiento de la vida. Ahora, bien a esas buenas cosas que la naturaleza nos procurara en común, cada cual tenía derecho (como se dijo) hasta la cantidad que pudiera utilizar, y gozaba de propiedad sobre cuanto con su labor efectuara; todo cuanto pudiera abarcar su industria, alterando el estado inicial de la naturaleza, suyo era. El que había recogido cien celemines de bellotas o manzanas gozaba de propiedad sobre ellos; bienes suyos eran desde el momento de la recolección. Sólo debía cuidar de usarlos antes de que se destruyeran, pues de otra suerte habría tomado más que su parte y robado a los demás. Y ciertamente hubiera sido necesidad, no menos que fraude, atesorar más de lo utilizable. Si daba parte de ello a cualquiera, de modo que no pereciera inútilmente en su posesión, el beneficiado debía también utilizarlo. Y si trocaba ciruelas, que se hubieran podrido en una semana, por nueces, que podían durar para su alimento un año entero, no causaba agravio; no malograba las comunes existencias; no destruía parte de esa porción de bienes que correspondían a los demás, mientras nada pereciera innecesariamente en sus manos. Asimismo, si quería ceder sus nueces por una pieza de metal, porque el color le gustare, o cambiar sus ovejas por cáscaras, o su lana por una guija centelleante o diamante, y guardar esto toda su vida, no invadía el derecho ajeno; podía amontonar todo el acervo que quisiera de esas cosas perpetuas; pues lo que sobrepasaba los límites de su propiedad cabal no era la extensión de sus bienes, sino la pérdida inútil de cualquier parte de ellos.

47. Y así se llegó al uso de la moneda, cosa duradera que los hombres podían conservar sin que se deteriorara, y que, por consentimiento mutuo, los hombres utilizarían a cambio de los elementos verdaderamente útiles, pero perecederos, de la vida.

48. Y dado que los diferentes grados de industria pudieron dar al hombre posesiones en proporciones diferentes, vino todavía ese invento del dinero a aumentar la oportunidad de continuar y extender dichos dominios. Supongamos la existencia de una isla, separada de todo posible comercio con el resto del mundo, en que no hubiere más que cien familias, pero con ovejas, caballos, vacas y otros útiles animales, sanos frutos y tierra bastante para el trigo, que bastara a cien mil veces más habitantes, pero sin cosa alguna en aquel suelo -porque todo fuera común o perecedero-, adecuada para suplir la falta dé la moneda. ¿Qué motivo hubiera tenido nadie para ensanchar sus posesiones más allá del uso de su familia y una provisión abundante para su consumo, ya de lo que su propia industria obtuviera, ya de lo que le rindiera el trueque por útiles y perecederas mercancías de los demás? Donde no existiere algo a la vez duradero y escaso, y de tal valor que mereciere ser atesorado, no podrán los hombres ensanchar sus posesiones de tierras, por ricas que ellas sean y por libres de tomarlas que estén ellos. Porque, pregunto yo, ¿qué le valdrían a uno diez mil o cien mil estadales de tierra excelente, de fácil cultivo y además bien provista de ganado, en el centro de las tierras americanas interiores, sin esperanzas de comercio con otras partes del mundo, si hubiere de obtener dinero por la venta del producto?, No conseguiría ni el valor de la cerca, y le veríamos devolver al común erial de la naturaleza todo cuanto pasara del terrazgo que le proveyere de lo necesario para vivir en aquel suelo, él y su familia.

49. Así, en los comienzos, todo el mundo era América, y más acusadamente entonces que hoy; porque la moneda no era en paraje alguno conocida. Pero hállese algo que tenga uso y valor de moneda entre los vecinos, y ya al mismo hombre empezará a poco a ensanchar sus posesiones.

50. Mas ya que el oro y plata, poco útiles para la vida humana proporcionalmente a los alimentos, vestido y acarreo, reciben su valor tan sólo del consentimiento de los hombres -en la medida, en buena parte, del trabajo- es llano que el consentimiento de los hombres ha convenido en una posesión desproporcionada y desigual de la tierra: digo donde faltaren los hitos de la sociedad y de su pacto. Porque en los países gobernados las leyes lo regulan, por haber, mediante consentimiento, hallándose y convenidose un modo por el cual el hombre puede, rectamente y sin agravio, poseer más de lo que sabrá utilizar, recibiendo oro y plata que pueden continuar por largo tiempo en su posesión sin que se deteriore el sobrante, y mediante el concierto de que dichos metales tengan un valor.

51. Y así entiendo que es facilísimo concebir, sin dificultad alguna, cómo el trabajo empezó dando título de propiedad sobre as cosas comunes de la naturaleza, y cómo la inversión para nuestro uso lo limitó; de modo que no pudo haber motivo de contienda sobre los títulos, ni duda alguna sobre la extensión del bien que conferían. Derecho y conveniencia iban estrechamente unidos. Porque el hombre tenía derecho a cuanto pudiere atender con su trabajo, de modo que se hallaba a cubierto de la tentación de trabajar para conseguir más de lo que pudiera valerle. Eso no dejaba lugar a controversia sobre el título ni a intrusión en el derecho ajeno. Fácil era de ver qué porción tomaba cada cual para sí; y hubiera sido inútil, a la, par que fraudulento, tomar demasiado o simplemente más de lo fijado por la necesidad.

Resumen 5
Presentación

























































































































































































































RAZÓN NATURAL
Según Locke tanto desde el punto de vista de la RAZÓN NATURAL como desde el punto de vista de la REVELACIÓN se demuestra que los bienes de la tierra han sido entregados al conjunto de la humanidad. La razón natural nos dice que los hombres tienen derecho a beneficiarse de todas aquellas cosas que la naturaleza procura para su subsistencia.
Capítulo V


































































































































































































































REVELACIÓN
Según Locke tanto desde el punto de vista de la RAZÓN NATURAL como desde el punto de vista de la REVELACIÓN se demuestra que los bienes de la tierra han sido entregados al conjunto de la humanidad. La revelación nos cuenta que Dios ha dado la tierra a los hijos de los hombres, es decir, al conjunto de la humanidad para que participe en común de ella.
Capítulo V




































































































































































































































SUBIDISIMA DIFICULTAD
Locke afirma aquí que una cosa es la PROPIEDAD COMÚN y otra la PROPIEDAD PRIVADA. Afirma que algunos aceptan facilmente lo primero pero les resulta muy dificil entender como un individuo particular puede tener posesión alguna ( propiedad privada ).
Para responder a esta cuestión, en principio, comienza señalando que si es dificil justificar la propiedad,  partiendo de la suposición de que Dios entregó la tierra para que todos la tuviesen en común ( y es que si es común y de todos no parece lógico que alguien pudiera apropiarse de una parte de ella ya que entonces ya no sería de todos ); tambien sería muy dificil de explicar que un monarca universal, ( tesis de Filmer ), tuviese el derecho a propiedad alguna. Y es que, según la Teoría de Filmer, el común del género humano no tendría derecho a la propiedad de la tierra pues Dios habría dado el mundo a Adán y a sus sucesores directos; pero los demás humanos quedarían excluidos de ese derecho. Según Locke, esta tesis sería mucho más aberrante que la que establece la existencia de la propiedad común y el derecho a la propiedad privada en un estado de naturaleza.
Capítulo V


































































































































































































































INTENTO DE DEMOSTRACIÓN
Dejando de lado la argumentación anterior, Locke, se propone demostrar cómo los hombres pueden llegar a  tener PROPIEDAD PRIVADA de lo que Dios entregó en común para todos los hombres. Y ello dentro de un Estado de Naturaleza.
Capítulo V




































































































































































































































RAZÓN NATURAL
Según Locke, Dios, dió a los hombres no solo el común del mundo sino tambien RAZÓN NATURAL. Y ésta les dice que, aunque la tierra y todo lo que hay en ella fueron dadas al conjunto de la humanidad, debe haber tambien algún medio de apropiarse individualmente de algunos de sus frutos. En definitiva, según Locke, aunque la tierra y todas sus criaturas inferiores pertenecen en común a todos los hombres, cada hombre particular tiene el derecho a una propiedad que pertenece a su propia existencia; y a esa propiedad nadie tiene derecho excepto él mismo.
Capítulo V




































































































































































































































EL TRABAJO BASE DE LA PROPIEDAD
La base que justifica ese derecho a la propiedad privada reside en el TRABAJO. Segun Locke a cualquier producto que el hombre saca del estado en que la naturaleza la produjo y la dejó, y la modifica con su labor, le estaría añadiendo algo de sí mismo, convirtiéndola, a partir de ese momento, en propiedad suya. Y es que al sacarla del estado común, en el que la naturaleza la había puesto, agrega a ella algo con su trabajo, y ello hace que no tengan derecho a ella los demás hombres.
Capítulo V




































































































































































































































EJEMPLO DE LAS MANZANAS
Para justificar y explicar mejor lo que acaba de decir, Locke, pone un ejemplo de un hombre en Estado de Naturaleza que se alimenta de las MANZANAS que él mismo, con su trabajo, ha cosechado y  recogido de los árboles. ¿Cuándo, se pregunta Locke, empezaron esos frutos a pertenecerle? Es claro, responde, que si el hecho de cosecharlos y recogerlos no los hizo suyos, ninguna otra cosa podría haberlo hecho. El trabajo es lo que estableció la distinción entre lo que llegó a ser propiedad suya y lo que era propiedad común. El trabajo de cosechar y recoger las manzanas añadió a ellos algo más de lo que la naturaleza había realizado. De ese modo, dichas manzanas se convirtieron en derecho privado suyo.
Capítulo V




































































































































































































































ASENTIMIENTO
Es cierto, señala Locke, que hay muchos que dicen que ese hombre no tenía derecho a apropiarse de esos frutos ya que no tenía el CONSENTIMIENTO del género humano para tomarlas en pertenencia y que, por lo tanto, estaría cometiendo un robo. Locke afirma que tal argumentación es absurda ya que si, en este caso, el consentimiento de todo el género humano hubiera sido necesario, este hombre se habría muerto de hambre, a pesar de la abundancia que tenía a su alrededor. Según Locke, en un mundo comunal, es decir, en un mundo donde uno tiene el derecho compartido con los demás, todo lo que uno extraiga de él con su trabajo se convierte en propiedad suya, sin que sea necesario el consentimiento de nadie. Hacer del consentimiento una condición necesaria de la propiedad privada resulta tan absurdo como afirmar que unos niños o unos criados no tendrían derecho a partir la carne, para comérsela, a no ser que su padre o amo les asignara a cada uno la parte particular que les corresponde.
Capítulo V




































































































































































































































LEYES POSITIVAS
Según Locke en las LEYES POSITIVAS de la sociedad civil, relacionadas con la propiedad, la ley original de naturaleza, que se aplicaba antes a los bienes comunes para establecer el derecho original a la apropiación, seguiria siendo válida en la actualidad. 
Capítulo V




































































































































































































































EL OCEANO
La validez de lo establecido anteriormente, en relacón con las leyes positivas, podría verse claramente cuando alguien pesca un pez el MAR, entendido éste como gran bien comunal que continúa perteneciendo, según Locke, por igual a toda la humanidad. 
En la actualidad esta teoría ya no es válida en absoluto y sino que se lo pregunten a los marroquís y a los pesqueros gallegos o andaluces. 
Capítulo V




































































































































































































































AMBAR GRIS
Tambien tiene derecho a la propiedad el que saca, con su esfuerzo, a la superficie el ÁMBAR GRIS. Y es que estos productos pasan a ser propiedad de aquellos que han llevado a cabo el trabajo de extraerlos.
El ámbar grís era la substancia sólida, derivada de una secreción biliar que producen las ballenas, que se utiliza en la fabricación de cosméticos. Tambien se empleaba como medicina anticatarral.
Capítulo V




































































































































































































































OBJECCIONES
A continuación, Locke, analiza las OBJECCIONES que muchos hacen a su concepción de la propiedad. Según algunos si el hecho de recoger los frutos de la tierra convierte al que lo hace en propietario, entonces cualquiera podría aumentar su propiedad  tanto como quisiese. Locke responde que ello no es así. Y no es así, porque la misma ley de la naturaleza impone LÍMITES a la propiedad. 
Capítulo V


































































































































































































































LIMITES
Los LIMITES vienen dados por el hecho de que cada hombre sólo puede recoger de la tierra aquello que necesita. Todo lo que exceda lo utilizable será de otros. Y es que Dios - Locke vuelve a utilizar fundamentos teológicos - no creó ninguna cosa para que el hombre la dejara echarse a perder o para destruirla. Por eso el límite del derecho natural a la propiedad establece que los hombres solamente puede apropiarse de aquello que puedan utilizar.
Capítulo V




































































































































































































































LA TIERRA MISMA
Locke señala aquí que la cuestión principal, referida a la propiedad, no hace referencia tanto a los frutos de la tierra como al TIERRA MISMA. Pues bien, según Locke, la propiedad de la tierra se adquiriría del mismo modo que sus frutos: toda porción de tierra que un hombre labre, mejore y cultive se convierte en propiedad suya. Es como si, como resultado de su trabajo, este hombre pusiera cercas a esa tierra, apartándola de los terrenos comunales. Y tal derecho no quedaría invalidado diciendo que como los demás tambien tienen derecho igual a esa porción de tierra no podría apropiársela. 
Capítulo V




































































































































































































































MANDATO DE TRABAJAR
Locke afirma aquí que, cuando Dios dió el mundo comunitariamente a todo el género humano, tambien le dió el hombre el MANDATO DE TRABAJAR con la orden de que sometiera a la tierra, es decir, que la mejorara para beneficio de su vida, agregándole algo que fuese suyo, es decir, su trabajo. Por todo ello, todo hombre que labra o siembra un trozo de tierra añade a ella algo que era de su propiedad. 
Capítulo V




































































































































































































































SOBRE LOS PERJUICIOS
La apropiación de aquello que se trabaja no implica ningún tipo de PERJUICIO contra los demás hombres ya que el que se apropia de una parcela de tierra no les está dejando menos a los otros; pues les deja a los demás todo lo que necesitan para usar. Sucede lo mismo que si alguien, para calmar su sed, echa un buen trago de agua en un río. Es evidente que nadie podría sentirse perjudicado ya que seguiría habiendo cantidad suficiente para todos.
Capítulo V




































































































































































































































TIERRAS COMUNALES
Locke diferencia aquí entre TIERRAS COMUNALES con respecto a algunos hombres, y, TIERRAS COMUNALES con respecto al resto de la humanidad. Señala que, por ejemplo, en Inglaterra existen tierras comunales que nadie puede cercar o apropiarse de parcela alguna sin el consentimiento de todos los copropietarios. Es esta una situación propia ya de paises civilizados, que no están en estado de naturaleza, en donde la propiedad común solo afecta a una determinada región o país y no al resto de la humanidad. 
Capítulo V




































































































































































































































EN EL COMIENZO
En el comienzo del estado de naturaleza, cuando la gran tierra comunal del mundo entero empezó a poblarse, la ley natural establecía que cada hombre ejerciese la apropiación de todo aquello que fuese producto de su trabajo y que necesitase para su uso. En el estado de naturaleza el cultivo de la tierra y la propiedad sobre ella son algo que van unidos.
Capítulo V




































































































































































































































APROPIARSELO TODO
En el estado de naturaleza ningún TRABAJO HUMANO es capaz de apropiarselo todo sino unicamente aquello que se podía cultivar y que se necesitaba para poder vivir. Es por tanto, según Locke, imposible que ningún hombre se entrometiera en los derechos de otro, o adquiriese propiedad para sí mismo con perjuicio para su vecino, ya que éste siempre tendría sitio suficiente para adquirir posesiones buenas y extensas.
Capítulo V




































































































































































































































AMERICA
Locke pone aquí, como ejemplo, lo que estaba sucediendo en su tiempo con la colonización de America: allí la  tierras son tan amplias que las familias pueden ocupar posesiones sin, por ello, causar perjuicios a los demás. 
Capítulo V




































































































































































































































ESPAÑA
Locke cita aquí a España como ejemplo de país en donde le está permitido a un hombre labrar, sembrar y cosechar todo lo que necesite sin que a nadie le moleste y, al mismto tiempo, tener derecho de propiedad por estar poniéndolo en uso.
Capítulo V




































































































































































































































ALTERACIÓN DEL VALOR INTRÍNSECO
En el estado de naturaleza, antes de que el deseo de TENER MÁS DE LO NECESARIO hubiese alterado el valor de las cosas, y, antes de que una pequeña pieza de METAL AMARILLO tuviese el mismo valor que un gran trozo de carne o un montón de trigo, los hombress podían apropiarse con derecho, mediante su trabajo, de tantas cosas naturales como fuesen capaces de usar. Esta regla valía tanto para los frutos de la tierra como para la posesión de la tierra misma. Todo aquel que recogía tantos frutos silvestres como era capaz, y mataba y apresaba o domaba tantas bestias como le era posible, aplicando con ello su esfuerzo a los productos espontaneos de la naturaleza, alteraba el estado en el que la naturaleza los había dejado adquiriendo así la propiedad de ellos. Ahora bien, si esos bienes perecían en su posesión sin hacer uso de ellos, ello constituía una ofensa contra la ley común de la naturaleza. Del mismo modo, en lo que se refiere a la posesión de la tierra, todo terreno, labrado y cosechado por un hombre, era por derecho propiedad suya.
Capítulo V




































































































































































































































SUPOSICIÓN EQUIVOCADA
Locke  rechaza aquí la tesis de Robert Filmer que establecía que Adán ejerció un dominio privado y una propiedad sobre el mundo entero con exclusión de los demás hombres. Locke defiende que el mundo entero fue dado para disfrute de todos los hombres y que les obligó a trabajar para que así pudieran tener derecho individual y privado de sus respectivas parcelas.
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VALOR DE LAS COSAS
En el estado de naturaleza, es el trabajo quien introduce la diferencia de VALOR entre todas las cosas. 
Capítulo V




































































































































































































































NACIONES AMERICANAS
Locke pone una serie de ejemplos que demuestran como el trabajo es quien introduce la diferencia de valor entre las cosas.  Existen varias naciones de AMERICA las cuales son ricas en tierras pero muy pobres en lo que se refiere a las comodidades de la vida; y ello se debería a que, aún poseyendo toda la materia prima necesaria para la abundancia,  faltaría por mejorar esas tierras a través del TRABAJO.  Es el trabajo lo que da valor a los PRODUCTOS. Y es que las materias primas son unicamente la cobertura que nos da la naturaleza mientras que los productos elaborados son preparados mediante el trabajo y el esfuerzo.
Capítulo V




































































































































































































































PREFERIBLE HOMBRES QUE TIERRAS
En el contexto del valor que el trabajo da a las cosas, Locke, afirma aquí que es preferible tener muchos HOMBRES a tener vastos dominios ya que éstos acaban por convertirse en tierras yermas si no existen hombres que los cultiven. Es el trabajo de los hombres lo que pone en la tierra gran parte de su valor; sin trabajo, la tierra apenas vale nada. Todo debe añadirse, según Locke, a la cuenta del trabajo y ha de considerarse como efecto suyo. Y es que la naturaleza y la tierra sólo producen las materias primas, qu, en sí mismas, son las menos valiosas.
Capítulo V




































































































































































































































LO QUE VINO DESPUES
Lo que sucedió, más adelante, fue que, a medida que las FAMILIAS fueron creciendo y su trabajo fue aumentando, sus bienes y sus POSESIONES aumentaron. Más tarde las familias comenzaron a establecerse en grupos y construyeron CIUDADES y, por consentimiento, fijaron separaciones entre sus respectivas parcelas acordando marcar límites entre la parcela propia y la del vecino, estipulando mediante leyes lo que era propiedad de cada uno. A partir de esos momentos las diferentes comunidades comenzaron a fijar FRONTERAS de sus territorios y, mediante pactos y convenios, establecieron la propiedad que ya se había iniciado con el trabajo. Por su parte las ligas entre los diferentes ESTADOS y REINOS renunciaron expresa o tácitamente a toda pretensión o derecho a la tierra y, con ello, renunciaron a reclamar el derecho natural.
Capítulo V




































































































































































































































APARICIÓN DEL TRUEQUE
Más adelante comenzó a utilizarse el TRUEQUE y el CAMBIO de productos, posiblemente con el objeto de no hacer un mal uso de la ley natural que establece que solo debía recogerse y cultivarse lo necesario para la supervivencia, ya que era cosa insensata el acumular más de lo que podría ser utilizado. Esto hizo que, por ejemplo, se cambiaran ciruelas ( que se podrían echar a perder en una semana ) por nueces que duraban más tiempo, etc. Con ello ni se estaba haciendo daño a nadie ni se estaba incumpliendo la ley natural del uso debido.
Capítulo V




































































































































































































































PIEZAS DE METAL
En el ámbito del trueque lo que sucedió, sin embargo, fué que comenzaron a cambiarse los productos de la tierra por PIEZAS DE METAL y otras bisuterías. Y lo cierto es que estos objetos no se corrompían con el paso del tiempo por lo que podían acumularse tanto como se quisiese sin hacer daño a nadie y sin dejar cumplir la ley natural de uso debido.
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USO DE LA MONEDA
Asi fue como, según Locke, se introdujo EL USO DEL DINERO: una cosa que los hombres podian conservar sin que se prudiera, y que, por mutuo consentimiento, los hombres podían cambiar por productos verdaderamente útiles para la vida, pero de naturaleza corruptible.
Capítulo V




































































































































































































































INVENTO DEL DINERO
La INVENCIÓN DEL DINERO permitió a los hombres, según Locke, seguir conservando sus posesiones y aumentarlas ya que estamos ante un material no corruptible. La razón de su aparición tiene su base en el trueque comercial de objetos. 
Capítulo V




































































































































































































































EL SIMIL DE LA ISLA
Supongamos, afirma Locke, la existencia de una ISLA separada de todo posible comercio con el resto del mundo en la que solo habitan 100 familias pero que cuentan con tierras y productos tan abundantes como para poder dar sustento a más de 100.000. Supongamos tambien que esa misma isla no hace falta cambiar nada que pudiese ser utilizado como dinero. Es evidente, señala Locke, que no habría razón alguna para que los habitantes de tal Isla intentasen aumentar sin más sus posesiones más allá de lo necesario para el disfrute de cada una de las familias. Y es que allí, en donde no existe nada que sea duradero y escaso, no tiene sentido que se intente acumularlo. 
Capítulo V




































































































































































































































TIERRAS AMERICANAS
Locke hace aquí referencia a lugares del interior de AMERICA los cuales no tienen establecido ningún tipo de intercambio comercial con el resto del mundo. Es evidente que esta parte del mundo, en donde existen miles y miles de acres de tierra, no resultaría lógico que los hombres comenzaran a poner cercas en una tierra inmensa sino que se quedarían con aquellas partes de la misma que le permitieran abastecerse a sí mismos y a la familia. Esta sería, según Locke, la situación que Ameríca habría disfrutado en un principio.  Lo que sucede es que llegó el momento en que algún hombre descubrió el uso y el valor del dinero, surgiendo, a partir de entonces, el deseo y la necesidad de acumularlo.
Capítulo V




































































































































































































































EL ORO Y LA PLATA
La aparición del ORO y de la PLATA fue lo que promovió una posesión desproporcionada y desigual de la tierra. Y es que llegó un momento en que los hombres descubren que pueden poseer más tierra de la que son capaces de usar, recibiendo oro y plata a cambio de la tierra sobrante. Ese oro y plata la pueden acumular sin causar daño a nadie, al ser metales que no se estropean ni se corrompen aunque permanezcan mucho tiempo en manos de su propietario.

Capítulo V